Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor mediador, que previo el reconocimiento de mi personería para actuar como representante de la parte demandante. https://listbell.com/story9700801/conseguir-mi-demanda-laboral-por-accidente-de-trabajo-to-work