2.º Las superficies transparentes o translúcidas de las puertas y portones que no sean de material de seguridad deberán acogerse contra la rotura cuando ésta pueda suponer un peligro para los trabajadores. Estas medidas variarán en función del tipo de empresa y de la labor que en ella se desempeñe. https://socialislife.com/story5381356/la-%C3%BAltima-gu%C3%ADa-a-salud-en-el-trabajo