Si la crimen no hubiese sobrevenido sin el concurso de circunstancias preexistentes desconocidas del culpable, o de causas imprevistas o independientes de su hecho, la pena será la de presidio de cuatro a seis abriles, en el caso del artículo 405; de seis a nueve abriles, en el caso del https://bookmarkyourpage.com/story3827498/la-gu%C3%ADa-m%C3%A1s-grande-para-reati-alimentari